Los Consejos
Educativos:
Resolución 058 la cual se establece la normativa y procedimiento para el funcionamiento del Consejo Educativo (ministerio del poder popular para la educación) (gaceta oficial n° 40.029 del 16 de octubre de 2012) de conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 77 numeral 19 del Decreto N° 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en el artículo 16 numeral 1 del Decreto N° 6.732 sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional; concatenado con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, artículo 5 numeral 2 de la Ley del Estatuto de la Función Pública; en concordancia con los artículos 4, 5, 6 numeral 2 literales "a" y "g", numeral 3 literal "e" y numeral 4 literales "a" y "b", artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica de Educación,
PROPÓSITO:
Con el supremo compromiso sustentado en valores éticos, morales, humanísticos, y culturales, la presente Resolución tiene como propósito democratizar la gestión escolar, con base en el modelo sociopolítico de la democracia participativa y protagónica establecida en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela(1999).Ello significa que los actores claves y otros corresponsables del proceso educacional participan activamente en los asuntos de interés de determinada comunidad educativa, mediante la organización de colectivos de estudiantes, docentes, padres, madres y representantes, directivos, quienes tendrán su vocería en el Consejo Educativo participando directamente en la gestión escolar y, por ende, en la toma de decisiones; así como establecer los necesarios vasos comunicantes entre la escuela o el liceo y la localidad donde ella se encuentra inserta, propiciando de esta manera una formación para el ejercicio pleno de la nueva ciudadanía. También, con la creación del Consejo Educativo se pretende desarrollar soluciones a los problemas que se presenten en cada institución educativa, yendo incluso más allá de los muros del recinto escolar. Esta propuesta es el resultado de un proceso de sistematización de lo presentado y discutido en las mesas de trabajo realizadas a nivel municipal, regional y nacional.
Resuelve:
Establecer la normativa y procedimiento para el funcionamiento del Consejo Educativo.
Capítulo 1:
Disposiciones Fundamentales:
El Consejo Educativo se regirá por la presente Resolución, la cual desarrolla las normas y los procedimientos a ser cumplidos por sus integrantes.
El Estado garantiza a través del Ministerio del Poder Popular para la Educación, como órgano rector con competencia en el subsistema de educación básica, la formación integral y permanente de las y los estudiantes, padres, madres, representantes, responsables, docentes, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras y obreros de las instituciones educativas, así como el desarrollo del potencial creativo de todas y todos los actores claves del proceso educacional, a efecto de garantizar la ejecución de todas las acciones reglamentadas y vinculadas con la gestión escolar.
Artículo: 5
La presente norma tiene como objeto regular y desarrollar los principios, valores y procesos que garanticen una gestión escolar articulada, coordinada e integrada del Consejo Educativo en las instituciones educativas del subsistema de educación básica, de acuerdo a lo establecido en los principios y preceptos constitucionales de la República Bolivariana de Venezuela. Además, regula la planificación, ejecución, seguimiento, control, supervisión y evaluación de los diversos planes, programas, proyectos, actividades y servicios en el marco del Estado Docente y la Política Pública del Estado Venezolano, sustentados en el humanismo social y en la doctrina Bolivariana.
De los Objetivos del Consejo Educativo:
Con el supremo compromiso sustentado en valores éticos, morales, humanísticos, y culturales, la presente Resolución tiene como propósito democratizar la gestión escolar, con base en el modelo sociopolítico de la democracia participativa y protagónica establecida en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela(1999).Ello significa que los actores claves y otros corresponsables del proceso educacional participan activamente en los asuntos de interés de determinada comunidad educativa, mediante la organización de colectivos de estudiantes, docentes, padres, madres y representantes, directivos, quienes tendrán su vocería en el Consejo Educativo participando directamente en la gestión escolar y, por ende, en la toma de decisiones; así como establecer los necesarios vasos comunicantes entre la escuela o el liceo y la localidad donde ella se encuentra inserta, propiciando de esta manera una formación para el ejercicio pleno de la nueva ciudadanía. También, con la creación del Consejo Educativo se pretende desarrollar soluciones a los problemas que se presenten en cada institución educativa, yendo incluso más allá de los muros del recinto escolar. Esta propuesta es el resultado de un proceso de sistematización de lo presentado y discutido en las mesas de trabajo realizadas a nivel municipal, regional y nacional.
Resuelve:
Establecer la normativa y procedimiento para el funcionamiento del Consejo Educativo.
Capítulo 1:
Disposiciones Fundamentales:
El Consejo Educativo se regirá por la presente Resolución, la cual desarrolla las normas y los procedimientos a ser cumplidos por sus integrantes.
El Estado garantiza a través del Ministerio del Poder Popular para la Educación, como órgano rector con competencia en el subsistema de educación básica, la formación integral y permanente de las y los estudiantes, padres, madres, representantes, responsables, docentes, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras y obreros de las instituciones educativas, así como el desarrollo del potencial creativo de todas y todos los actores claves del proceso educacional, a efecto de garantizar la ejecución de todas las acciones reglamentadas y vinculadas con la gestión escolar.
Artículo: 5
La presente norma tiene como objeto regular y desarrollar los principios, valores y procesos que garanticen una gestión escolar articulada, coordinada e integrada del Consejo Educativo en las instituciones educativas del subsistema de educación básica, de acuerdo a lo establecido en los principios y preceptos constitucionales de la República Bolivariana de Venezuela. Además, regula la planificación, ejecución, seguimiento, control, supervisión y evaluación de los diversos planes, programas, proyectos, actividades y servicios en el marco del Estado Docente y la Política Pública del Estado Venezolano, sustentados en el humanismo social y en la doctrina Bolivariana.
De los Objetivos del Consejo Educativo:
1. Garantizar el desarrollo y defensa de una educación integral y permanente, de calidad para todas y todos, democrática, gratuita, obligatoria, liberadora, transformadora, emancipadora como derecho humano y deber social fundamental en igualdad de condiciones y oportunidades, sin discriminación, sin distingo de edad, género, con respeto a sus potencialidades, a la diversidad étnica, lingüística y cultural, atendiendo a las características locales, regionales y nacionales.
3. Profundizar desde el proceso curricular, los ejes integradores: ambiente y salud integral, interculturalidad, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y las tecnologías de la información libre, a partir de la conformación de colectivos de aprendizaje.
1) Del Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables:
Es la instancia de participación del colectivo social para ejercer funciones enmarcadas en la formación de principios, creencias, actitudes, hábitos, valores como el respeto, reflexión para concretizar en lo local, regional y nacional la responsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela, sociedad y el estado.
3. Profundizar desde el proceso curricular, los ejes integradores: ambiente y salud integral, interculturalidad, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y las tecnologías de la información libre, a partir de la conformación de colectivos de aprendizaje.
1) Del Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables:
Es la instancia de participación del colectivo social para ejercer funciones enmarcadas en la formación de principios, creencias, actitudes, hábitos, valores como el respeto, reflexión para concretizar en lo local, regional y nacional la responsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela, sociedad y el estado.
El Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables:
Está conformado por las vocerías de las madres, padres, representantes y responsables, como también por las vocerías de los colectivos sociales de la comunidad y de la escuela, reconociendo el hogar como la primera instancia socializadora, responsable y corresponsable en los procesos de aprendizaje y desarrollo de sus hijas e hijos.
Son Funciones del Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables, son las siguientes:
1. Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo Educativo, a través de las y los voceros y viabiliza sus decisiones.
2. Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas, culturales, artísticas, deportivas y recreativas promovidas por el Consejo Educativo u otra instancia comunitaria o del Estado.
3. Participar en la construcción, ejecución, control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC).
4. Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, mantenimiento y recuperación de los bienes, muebles e inmuebles e infraestructura de las instituciones educativas.
5. Promover la articulación de las familias, escuela y comunidad para coadyuvar en la atención educativa integral en los procesos de enseñanza-aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, participando en la elaboración y ejecución de los planes de acción.
6. Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar, en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
Está conformado por las vocerías de las madres, padres, representantes y responsables, como también por las vocerías de los colectivos sociales de la comunidad y de la escuela, reconociendo el hogar como la primera instancia socializadora, responsable y corresponsable en los procesos de aprendizaje y desarrollo de sus hijas e hijos.
Son Funciones del Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables, son las siguientes:
1. Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo Educativo, a través de las y los voceros y viabiliza sus decisiones.
2. Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas, culturales, artísticas, deportivas y recreativas promovidas por el Consejo Educativo u otra instancia comunitaria o del Estado.
3. Participar en la construcción, ejecución, control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC).
4. Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, mantenimiento y recuperación de los bienes, muebles e inmuebles e infraestructura de las instituciones educativas.
5. Promover la articulación de las familias, escuela y comunidad para coadyuvar en la atención educativa integral en los procesos de enseñanza-aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, participando en la elaboración y ejecución de los planes de acción.
6. Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar, en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
2) Del Comité de Seguridad y Defensa Integral:
Es la instancia encargada de ejercer acciones dirigidas a la prevención, seguridad, defensa y protección, en el marco de la responsabilidad y la corresponsabilidad, orientado por valores de respeto, reflexión y participación, entre otros. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Seguridad y Defensa Integral las siguientes:
1. Elaborar y coordinar un plan de promoción, defensa, prevención y protección integral para las instituciones educativas, en el cual se articulan acciones conjuntas entre familia, escuela y comunidad para contrarrestar cualquier expresión de violencia en la escuela y su entorno.
2. Impulsar acciones para la formación permanente del Consejo Educativo que potencien una cultura de defensa, prevención y protección integral frente a situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgos para la integridad de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos.
3. Articular estrategias para la seguridad y protección de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos y la protección de las instituciones educativas, con los entes de seguridad ciudadana, tales como: Policía Nacional Bolivariana, Bomberos, Protección Civil, Guardia Nacional Bolivariana, Tránsito Terrestre, Milicia Nacional Bolivariana, Comité de Seguridad de los Consejos Comunales y Comunas, Salas de Batalla, Oficina Nacional Antidrogas (ONA), Fundación José Félix Ribas y Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana (DBISC), entre otros.
4. Contribuir con la formación de los colectivos de gestión integral de riesgo en la elaboración de planes de emergencia, señalizaciones de seguridad, mapas de estrategias para la seguridad y protección de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas, adultos y la protección de las instituciones educativas.
5. Impulsar y elaborar sistemas de alerta temprana, simulacros en situaciones de emergencia, entre otros, en el marco de la articulación intra e interinstitucional y la comunidad para la prevención de riesgos.
6. Realizar inventario de los daños causados en las instituciones educativas, correspondientes a bienes materiales, seres humanos y gestionar ante los organismos competentes las soluciones pertinentes a las realidades evidenciadas.
7. Impulsar jornadas culturales, recreativas y deportivas que contribuyan a la formación permanente e integral de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos de las instituciones educativas y comunidades.
8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en esta materia en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades
ante la Asamblea Escolar.
Es la instancia encargada de ejercer acciones dirigidas a la prevención, seguridad, defensa y protección, en el marco de la responsabilidad y la corresponsabilidad, orientado por valores de respeto, reflexión y participación, entre otros. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Seguridad y Defensa Integral las siguientes:
1. Elaborar y coordinar un plan de promoción, defensa, prevención y protección integral para las instituciones educativas, en el cual se articulan acciones conjuntas entre familia, escuela y comunidad para contrarrestar cualquier expresión de violencia en la escuela y su entorno.
2. Impulsar acciones para la formación permanente del Consejo Educativo que potencien una cultura de defensa, prevención y protección integral frente a situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgos para la integridad de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos.
3. Articular estrategias para la seguridad y protección de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos y la protección de las instituciones educativas, con los entes de seguridad ciudadana, tales como: Policía Nacional Bolivariana, Bomberos, Protección Civil, Guardia Nacional Bolivariana, Tránsito Terrestre, Milicia Nacional Bolivariana, Comité de Seguridad de los Consejos Comunales y Comunas, Salas de Batalla, Oficina Nacional Antidrogas (ONA), Fundación José Félix Ribas y Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana (DBISC), entre otros.
4. Contribuir con la formación de los colectivos de gestión integral de riesgo en la elaboración de planes de emergencia, señalizaciones de seguridad, mapas de estrategias para la seguridad y protección de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas, adultos y la protección de las instituciones educativas.
5. Impulsar y elaborar sistemas de alerta temprana, simulacros en situaciones de emergencia, entre otros, en el marco de la articulación intra e interinstitucional y la comunidad para la prevención de riesgos.
6. Realizar inventario de los daños causados en las instituciones educativas, correspondientes a bienes materiales, seres humanos y gestionar ante los organismos competentes las soluciones pertinentes a las realidades evidenciadas.
7. Impulsar jornadas culturales, recreativas y deportivas que contribuyan a la formación permanente e integral de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos de las instituciones educativas y comunidades.
8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en esta materia en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades
ante la Asamblea Escolar.
3) Comité de Ambiente, Alimentación Salud Integral:
Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, prevención, conservación y preservación del ambiente a favor de la salud integral, orientada por valores de fraternidad, responsabilidad, corresponsabilidad, cooperación y la convivencia en el marco de la solidaridad.
Está conformado: por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral las siguientes:
Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, prevención, conservación y preservación del ambiente a favor de la salud integral, orientada por valores de fraternidad, responsabilidad, corresponsabilidad, cooperación y la convivencia en el marco de la solidaridad.
Está conformado: por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral las siguientes:
1. Impulsar acciones en el marco del Eje Integrador Ambiente y Salud Integral para potenciar el desarrollo local, regional y nacional, a través de experiencias, saberes populares y ancestrales que contribuyan con la preservación y conservación del ambiente y de la salud integral de las familias, la escuela y la comunidad.
2. Garantizar el desarrollo del Programa de Alimentación Escolar (PAE) junto
Con los consejos comunales.
3. Fortalecer la función social de la escuela a través del desarrollo de jornadas de prevención y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, niños, jóvenes, adolescentes, adultas y adultos, con articulación inter e interinstitucional con Barrio Adentro, Comité de los Consejos Comunales y Comunas, Centros de Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros.
4. Impulsar la formación permanente integral de los actores claves del proceso educacional para que participen reflexiva, crítica y creativamente en el sistema alimentario de las instituciones educativas y en la preservación y conservación del ambiente.
5. Garantizar la salud integral a través de acciones que creen conciencia individual y colectiva sobre una alimentación autóctona, sana, segura, balanceada, nutritiva y sabrosa en las familias, escuela y la comunidad, a través de la supervisión, seguimiento, control y evaluación del servicio alimentario de las instituciones educativas.
6. Promover una educación en salud preventiva no solo con el uso de la medicina convencional, sino también con la medicina alte
7. Crear colectivos ambientalistas y ecológicos para la protección del ambiente, defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberanía nacional.
2. Garantizar el desarrollo del Programa de Alimentación Escolar (PAE) junto
Con los consejos comunales.
3. Fortalecer la función social de la escuela a través del desarrollo de jornadas de prevención y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, niños, jóvenes, adolescentes, adultas y adultos, con articulación inter e interinstitucional con Barrio Adentro, Comité de los Consejos Comunales y Comunas, Centros de Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros.
4. Impulsar la formación permanente integral de los actores claves del proceso educacional para que participen reflexiva, crítica y creativamente en el sistema alimentario de las instituciones educativas y en la preservación y conservación del ambiente.
5. Garantizar la salud integral a través de acciones que creen conciencia individual y colectiva sobre una alimentación autóctona, sana, segura, balanceada, nutritiva y sabrosa en las familias, escuela y la comunidad, a través de la supervisión, seguimiento, control y evaluación del servicio alimentario de las instituciones educativas.
6. Promover una educación en salud preventiva no solo con el uso de la medicina convencional, sino también con la medicina alte
7. Crear colectivos ambientalistas y ecológicos para la protección del ambiente, defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberanía nacional.
8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
4) Del Comité de Deportes y Educación Física:
Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, organización, fomento y administración de la educación física y el deporte, con fines educativos y sociales, orientada por los principios y valores de identidad nacional, democracia participativa y protagónica, soberanía, justicia, honestidad, libertad, respeto a los derechos humanos, igualdad, lealtad a la patria y sus símbolos, equidad de género, cooperación, autogestión, corresponsabilidad, solidaridad y protección del ambiente.
Está conformado: por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreras y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Deportes, Actividad Física y Educación Física las siguientes:
1. Articular con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines de planificar, ejecutar y evaluar la educación física y el deporte en las instituciones educativas.
2.- Crear colectivos de educación física y deportes que fortalezcan la salud integral de las y los estudiantes, las familias, la comunidad educativa en general y la comunidad circundante. 3.- Garantizar el desarrollo de los deportes y la educación física mediante planes proyectos y programas propuestos por las organizaciones comunitarias y las instituciones del Estado.
4.- Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen a la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de habilidades deportivas en las diferentes disciplinas.
5.- Garantizar el cuido y mantenimiento de las instalaciones deportivas existentes en las instituciones educativas.
6.- Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
7.- Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de deportes y la educación física.
8.- Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
5) Del Comité de Cultura:
Es la instancia responsable de organizar, orientar e impulsar el reconocimiento de las culturas a través actividades locales, regionales y nacionales en las instituciones y centros educativos, promoviendo la formación integral con la finalidad de aportar estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y recreativas siempre bajo la política de inclusión vinculadas a la gestión escolar.
Está Conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Cultura las siguientes:
1.- Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando colectivamente su historia, descubriendo y preservando sus raíces, tradiciones y luchas nacionales libertarias.
2.- Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan a convertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria.
3.- Estructurar y desarrollar programas de apoyo para el sistema de redes escolares y culturales en cada instancia de organización y participación comunitaria.
4.- Promover y participar en actividades culturales que contribuyan al desarrollo y consolidación del PEIC y la integración de toda la comunidad educativa en la gestión escolar. 5.- Desarrollar e integrar las actividades culturales con los ejes integradores del proceso curricular.
6.- Planificar, organizar y participar en actividades culturales articulando con las organizaciones comunitarias e instituciones del estado a nivel local, regional y nacional.
7.- Fortalecer las potencialidades creativas, expresivas de las y los estudiantes, directivos, docentes, padres, madres, responsables, representantes y de la comunidad en general, reconociendo y respondiendo a las culturas originarias de los pueblos y comunidades indígenas y afro venezolanas, valorando su Idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y organización social que constituyen los valores de la Nación.
8.- Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
4) Del Comité de Deportes y Educación Física:
Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción, organización, fomento y administración de la educación física y el deporte, con fines educativos y sociales, orientada por los principios y valores de identidad nacional, democracia participativa y protagónica, soberanía, justicia, honestidad, libertad, respeto a los derechos humanos, igualdad, lealtad a la patria y sus símbolos, equidad de género, cooperación, autogestión, corresponsabilidad, solidaridad y protección del ambiente.
Está conformado: por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreras y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Deportes, Actividad Física y Educación Física las siguientes:
1. Articular con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines de planificar, ejecutar y evaluar la educación física y el deporte en las instituciones educativas.
2.- Crear colectivos de educación física y deportes que fortalezcan la salud integral de las y los estudiantes, las familias, la comunidad educativa en general y la comunidad circundante. 3.- Garantizar el desarrollo de los deportes y la educación física mediante planes proyectos y programas propuestos por las organizaciones comunitarias y las instituciones del Estado.
4.- Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen a la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de habilidades deportivas en las diferentes disciplinas.
5.- Garantizar el cuido y mantenimiento de las instalaciones deportivas existentes en las instituciones educativas.
6.- Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
7.- Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de deportes y la educación física.
8.- Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
5) Del Comité de Cultura:
Es la instancia responsable de organizar, orientar e impulsar el reconocimiento de las culturas a través actividades locales, regionales y nacionales en las instituciones y centros educativos, promoviendo la formación integral con la finalidad de aportar estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y recreativas siempre bajo la política de inclusión vinculadas a la gestión escolar.
Está Conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Cultura las siguientes:
1.- Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando colectivamente su historia, descubriendo y preservando sus raíces, tradiciones y luchas nacionales libertarias.
2.- Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan a convertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria.
3.- Estructurar y desarrollar programas de apoyo para el sistema de redes escolares y culturales en cada instancia de organización y participación comunitaria.
4.- Promover y participar en actividades culturales que contribuyan al desarrollo y consolidación del PEIC y la integración de toda la comunidad educativa en la gestión escolar. 5.- Desarrollar e integrar las actividades culturales con los ejes integradores del proceso curricular.
6.- Planificar, organizar y participar en actividades culturales articulando con las organizaciones comunitarias e instituciones del estado a nivel local, regional y nacional.
7.- Fortalecer las potencialidades creativas, expresivas de las y los estudiantes, directivos, docentes, padres, madres, responsables, representantes y de la comunidad en general, reconociendo y respondiendo a las culturas originarias de los pueblos y comunidades indígenas y afro venezolanas, valorando su Idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y organización social que constituyen los valores de la Nación.
8.- Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
9.- Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de actividades culturales.
10.- Elaborar y presentar Informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
6) Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar :
Es la Instancia organizativa encargada de gestionar, promover, planificar y evaluar las acciones Inter e Interinstitucionales dirigidas a la construcción, ampliación, mantenimiento, rehabilitación, dotación y preservación de los bienes nacionales y la planta física escolar.
El Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar: está conformado por las vocerías de las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar las siguientes:
1.- Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los siguientes aspectos; ubicación geográfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad, planta física, sistema eléctrico, instalaciones sanitarias, ambientación, áreas verdes, dotación (mobiliarios y equipos), entre otros.
2.- Elaborar y presentar ante la Asamblea Escolar un plan de acción previamente discutido, para atender las necesidades detectadas en función de generar las posibles alternativas de solución. 3.- Impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las que sean construidas respondan a las normas de accesibilidad y los criterios de calidad establecidos para la construcción de la planta física escolar.
4.- Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y preservación de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a las instituciones educativas. Asimismo, jornadas para la seguridad, protección y vigilancia de la infraestructura escolar.
5.- Planificar y desarrollar de manera articulada con los organismos competentes y las organizadoras comunitarias, actividades de promoción y prevención en el marco de la gestión integral del riesgo y de desastres.
6.- Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar, en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
7.- Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
7) Del Comité de Contraloría Social:
Es la instancia del Consejo Educativo encargado de la prevención, supervisión, acompañamiento, seguimiento, control y evaluación de la gestión escolar, antes, durante y después de la ejecución de los planes, programas, proyectos, y acciones de interés colectivo, basada en los principios de justicia, equidad, transparencia, corresponsabilidad, celeridad, honestidad, ética para la protección y defensa del buen uso de todos los recursos disponibles de la gestión escolar.
8) El Comité de Contraloría Social: está conformado por las vocerías de los distintos Comité que integran el Consejo Educativo, así como las vocerías de las organizaciones comunitarias.
Son funciones de la Contraloría Social los siguientes:
1.- Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la gestión escolar de los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo que se planifiquen, ejecuten y desarrollen en las instituciones educativas.
2.- Procesar y evaluar los planteamientos presentados por las y los integrantes de los colectivos sociales en relación a la gestión de los Comité que conforman el Consejo Educativo e informar de manera oportuna a la Asamblea Escolar.
3.- Divulgar los soportes jurídicos vinculantes al Consejo Educativo y garantizar su cumplimiento. 4.- Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los procesos pedagógicos y académicas, las líneas orientadoras que viabilizan el currículo, los horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios académicos, la cuadratura, la sinceración de nómina, la matrícula, la inscripción y las estadísticas de las instituciones educativas.
5.- Supervisar, acompañar, controlar y evaluar la calidad y funcionamiento de los bienes y servicios, obras de Infraestructura ejecutadas en las instituciones educativas; así como los procesos relacionados con el servicio alimentario (insumos, abastecimiento, procesamiento y distribución), higiene, manipulación y calidad de los alimentos, menú suministrado y contratación de los servicios, entre otros.
6.- Establecer mecanismos para conocer, procesar, denunciar y hacer seguimiento ante los organismos competentes de las irregularidades pedagógicas, administrativas y jurídicas detectadas en las Instituciones educativas.
7.- Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
8.- Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
De la Asamblea Escolar
La Asamblea Escolar es la máxima instancia de participación, deliberación y toma de decisiones del Consejo Educativo, para dar cumplimiento a lo establecido en las leyes y demás normas que rigen el Subsistema de Educación Básica.
Constitución de la Asamblea Escolar
La Asamblea estará conformada por las y los responsables y corresponsales como sujetos claves del proceso educativo vinculados a la gestión escolar.
Decisiones de la Asamblea Escolar
Las decisiones serán tomadas por consenso de la mayoría de las y los asistentes a la Asamblea Escolar vinculados a la gestión escolar.
Son funciones de la Asamblea Escolar las siguientes:
1.- Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con sus respectivos planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la política educativa del Estado. 2.- Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas de funcionamiento, en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del inicio del año escolar,
3.- Definir criterios para la revocatoria del mandato de las y los integrantes de los diferentes Comité, partiendo de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), La Ley Orgánica de Educación (2009), La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007) y el conjunto de Leyes del Poder Popular (2010 -2011) que garantizan los derechos de las ciudadanas y los ciudadanos.
4.- Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicación alternativa, salud, socio-productivos, infraestructura, recreación, actividad física y deportes, los cuales se enmarcarán en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y se articularán con los proyectos de la comunidad organizada y organismos del Estado.
5.- Discutir y por consenso diferir, aprobar o revocar la Memoria y Cuenta del Consejo Educativo.
6.- Conocer, discutir y por consenso diferir o legitimar los acuerdos de convivencia del Consejo Educativo,
7.- Promoverle impulsar la articulación con las organizaciones comunitarias lo relacionado con el calendario socio productivo y sociocultural, en función del modelo socio productivo, político y educativo venezolano definido en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, de acuerdo a las necesidades reales de la comunidad y el proyecto de país.
8.- Garantizar el acto revocatorio previa solicitud del Consejo Educativo, transcurrido la mitad del período para el cual fueron electos las voceras y los voceros integrantes de los Comité.
De la convocatoria y tipos de Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos
De la convocatoria.
Para realizar la convocatoria a las Asambleas será por escrito a todas las ciudadanas y todos los ciudadanos que conforman el Consejo Educativo, con por lo menos setenta y dos (72) horas de antelación, incluyendo la Agenda a tratar, acciones comunicacionales y de compromiso que promuevan la participación protagónica.
Tipos de Asamblea:
La Asamblea será Ordinaria y Extraordinaria. La Asamblea Ordinaria es aquella que se convoca cada tres (03) meses con la finalidad de abordar y hacer el control y seguimiento de la gestión escolar, La Asamblea Extraordinaria es aquella que se convoca cuando lo amerite el caso de acuerdo criterio del Consejo Educativo.
Al inicio de cada año escolar en los primeros quince (15) días se convoca la primera Asamblea Ordinaria con la finalidad de elegir el Consejo Educativo. Los perfiles y criterios de postulación deberán ser definidos, tomando en cuenta la idoneidad, compromiso, solidaridad, ética, valores y principios humanistas sociales, responsabilidad y corresponsabilidad, honestidad, trabajo, disposición de trabajo voluntario y colectivo, participación, justicia y respeto. Asimismo, formarán parte de ella los colectivos internos de la escuela y los actores comunitarios participantes activos de la gestión escolar.
Disposición Transitoria
UNO. El funcionamiento interno de los Comité, el número de personas que los conforman, así como la designación o no de suplentes, serán establecidos en reunión de voceras y voceros de cada Comité, de acuerdo a la normativa contenida en la presente Resolución y en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DOS. La presente Resolución estará sujeta a revisión, evaluación y modificación en el período de un año, a los fines de su perfeccionamiento.
Disposición Derogatoria
ÚNICA: Se deroga la Resolución N° 751 de fecha 10 de noviembre de 1986, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 33.598, del 14 de noviembre de 1986, la Resolución N° 114 de fecha 19 de febrero de 1987, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 33.672 de fecha 06 de marzo de 1987 y la Resolución 1.675, de fecha 31 de octubre de 1997, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36.327 de fecha 05 de noviembre de 1997. Igualmente se deja sin efecto cualquier disposición o norma que contradiga lo dispuesto en la presente Resolución. Disposiciones Finales
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
La protocolización, formalización y demás actuaciones del Consejo Educativo estará exento de cualquier tipo de pago de tributos nacionales y derechos de registro.
3. Lo no contemplado en esta Resolución será resuelto por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Comuníquese y publíquese
Maryann Hanson
Ministra del Poder Popular para la Educación
10.- Elaborar y presentar Informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
6) Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar :
Es la Instancia organizativa encargada de gestionar, promover, planificar y evaluar las acciones Inter e Interinstitucionales dirigidas a la construcción, ampliación, mantenimiento, rehabilitación, dotación y preservación de los bienes nacionales y la planta física escolar.
El Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar: está conformado por las vocerías de las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar las siguientes:
1.- Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los siguientes aspectos; ubicación geográfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad, planta física, sistema eléctrico, instalaciones sanitarias, ambientación, áreas verdes, dotación (mobiliarios y equipos), entre otros.
2.- Elaborar y presentar ante la Asamblea Escolar un plan de acción previamente discutido, para atender las necesidades detectadas en función de generar las posibles alternativas de solución. 3.- Impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las que sean construidas respondan a las normas de accesibilidad y los criterios de calidad establecidos para la construcción de la planta física escolar.
4.- Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y preservación de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a las instituciones educativas. Asimismo, jornadas para la seguridad, protección y vigilancia de la infraestructura escolar.
5.- Planificar y desarrollar de manera articulada con los organismos competentes y las organizadoras comunitarias, actividades de promoción y prevención en el marco de la gestión integral del riesgo y de desastres.
6.- Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar, en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
7.- Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
7) Del Comité de Contraloría Social:
Es la instancia del Consejo Educativo encargado de la prevención, supervisión, acompañamiento, seguimiento, control y evaluación de la gestión escolar, antes, durante y después de la ejecución de los planes, programas, proyectos, y acciones de interés colectivo, basada en los principios de justicia, equidad, transparencia, corresponsabilidad, celeridad, honestidad, ética para la protección y defensa del buen uso de todos los recursos disponibles de la gestión escolar.
8) El Comité de Contraloría Social: está conformado por las vocerías de los distintos Comité que integran el Consejo Educativo, así como las vocerías de las organizaciones comunitarias.
Son funciones de la Contraloría Social los siguientes:
1.- Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la gestión escolar de los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo que se planifiquen, ejecuten y desarrollen en las instituciones educativas.
2.- Procesar y evaluar los planteamientos presentados por las y los integrantes de los colectivos sociales en relación a la gestión de los Comité que conforman el Consejo Educativo e informar de manera oportuna a la Asamblea Escolar.
3.- Divulgar los soportes jurídicos vinculantes al Consejo Educativo y garantizar su cumplimiento. 4.- Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los procesos pedagógicos y académicas, las líneas orientadoras que viabilizan el currículo, los horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios académicos, la cuadratura, la sinceración de nómina, la matrícula, la inscripción y las estadísticas de las instituciones educativas.
5.- Supervisar, acompañar, controlar y evaluar la calidad y funcionamiento de los bienes y servicios, obras de Infraestructura ejecutadas en las instituciones educativas; así como los procesos relacionados con el servicio alimentario (insumos, abastecimiento, procesamiento y distribución), higiene, manipulación y calidad de los alimentos, menú suministrado y contratación de los servicios, entre otros.
6.- Establecer mecanismos para conocer, procesar, denunciar y hacer seguimiento ante los organismos competentes de las irregularidades pedagógicas, administrativas y jurídicas detectadas en las Instituciones educativas.
7.- Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional.
8.- Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
De la Asamblea Escolar
La Asamblea Escolar es la máxima instancia de participación, deliberación y toma de decisiones del Consejo Educativo, para dar cumplimiento a lo establecido en las leyes y demás normas que rigen el Subsistema de Educación Básica.
Constitución de la Asamblea Escolar
La Asamblea estará conformada por las y los responsables y corresponsales como sujetos claves del proceso educativo vinculados a la gestión escolar.
Decisiones de la Asamblea Escolar
Las decisiones serán tomadas por consenso de la mayoría de las y los asistentes a la Asamblea Escolar vinculados a la gestión escolar.
Son funciones de la Asamblea Escolar las siguientes:
1.- Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con sus respectivos planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la política educativa del Estado. 2.- Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas de funcionamiento, en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del inicio del año escolar,
3.- Definir criterios para la revocatoria del mandato de las y los integrantes de los diferentes Comité, partiendo de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), La Ley Orgánica de Educación (2009), La Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007) y el conjunto de Leyes del Poder Popular (2010 -2011) que garantizan los derechos de las ciudadanas y los ciudadanos.
4.- Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicación alternativa, salud, socio-productivos, infraestructura, recreación, actividad física y deportes, los cuales se enmarcarán en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y se articularán con los proyectos de la comunidad organizada y organismos del Estado.
5.- Discutir y por consenso diferir, aprobar o revocar la Memoria y Cuenta del Consejo Educativo.
6.- Conocer, discutir y por consenso diferir o legitimar los acuerdos de convivencia del Consejo Educativo,
7.- Promoverle impulsar la articulación con las organizaciones comunitarias lo relacionado con el calendario socio productivo y sociocultural, en función del modelo socio productivo, político y educativo venezolano definido en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, de acuerdo a las necesidades reales de la comunidad y el proyecto de país.
8.- Garantizar el acto revocatorio previa solicitud del Consejo Educativo, transcurrido la mitad del período para el cual fueron electos las voceras y los voceros integrantes de los Comité.
De la convocatoria y tipos de Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos
De la convocatoria.
Para realizar la convocatoria a las Asambleas será por escrito a todas las ciudadanas y todos los ciudadanos que conforman el Consejo Educativo, con por lo menos setenta y dos (72) horas de antelación, incluyendo la Agenda a tratar, acciones comunicacionales y de compromiso que promuevan la participación protagónica.
Tipos de Asamblea:
La Asamblea será Ordinaria y Extraordinaria. La Asamblea Ordinaria es aquella que se convoca cada tres (03) meses con la finalidad de abordar y hacer el control y seguimiento de la gestión escolar, La Asamblea Extraordinaria es aquella que se convoca cuando lo amerite el caso de acuerdo criterio del Consejo Educativo.
Al inicio de cada año escolar en los primeros quince (15) días se convoca la primera Asamblea Ordinaria con la finalidad de elegir el Consejo Educativo. Los perfiles y criterios de postulación deberán ser definidos, tomando en cuenta la idoneidad, compromiso, solidaridad, ética, valores y principios humanistas sociales, responsabilidad y corresponsabilidad, honestidad, trabajo, disposición de trabajo voluntario y colectivo, participación, justicia y respeto. Asimismo, formarán parte de ella los colectivos internos de la escuela y los actores comunitarios participantes activos de la gestión escolar.
Disposición Transitoria
UNO. El funcionamiento interno de los Comité, el número de personas que los conforman, así como la designación o no de suplentes, serán establecidos en reunión de voceras y voceros de cada Comité, de acuerdo a la normativa contenida en la presente Resolución y en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
DOS. La presente Resolución estará sujeta a revisión, evaluación y modificación en el período de un año, a los fines de su perfeccionamiento.
Disposición Derogatoria
ÚNICA: Se deroga la Resolución N° 751 de fecha 10 de noviembre de 1986, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 33.598, del 14 de noviembre de 1986, la Resolución N° 114 de fecha 19 de febrero de 1987, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 33.672 de fecha 06 de marzo de 1987 y la Resolución 1.675, de fecha 31 de octubre de 1997, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 36.327 de fecha 05 de noviembre de 1997. Igualmente se deja sin efecto cualquier disposición o norma que contradiga lo dispuesto en la presente Resolución. Disposiciones Finales
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
La protocolización, formalización y demás actuaciones del Consejo Educativo estará exento de cualquier tipo de pago de tributos nacionales y derechos de registro.
3. Lo no contemplado en esta Resolución será resuelto por el Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Comuníquese y publíquese
Maryann Hanson
Ministra del Poder Popular para la Educación
BIENVENIDOS AL NER 023
Consejo Educativo Escuela
Estadal el Rincón:
Siguiendo Lineamientos de la Ministra del Poder Popular Para la Educación, Maryann Hanson el Ner 023, Sede del mismo, Ubicada en el Rincón, Avenida los Próceres, Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Libertador, del Estado Mérida.
Procediendo así a la Conformación de diez (10), Comités Educativos como lo determina la ley.
Comités de la Unidad Educativa el Rincón:
1) Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables
2) Comité Académico:
3) Comité de Comunicación e Información
4) Comité de Seguridad y Defensa Integral:
5) Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral:
6) Comité de Deportes y Educación Física:
7) Comité de Cultura:
8) comité de Infraestructura y Hábitat Escolar:
9) comité de Contraloría Social:
10) Consejo Estudiantil
1) Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables
2) Comité Académico:
3) Comité de Comunicación e Información
4) Comité de Seguridad y Defensa Integral:
5) Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral:
6) Comité de Deportes y Educación Física:
7) Comité de Cultura:
8) comité de Infraestructura y Hábitat Escolar:
9) comité de Contraloría Social:
10) Consejo Estudiantil
Las Escuelas adscritas al Ner 023, son Rurales, Dependientes del Ejecutivo Regional del Estado Mérida. Contando con personal capacitado para ejecutar los diferentes roles que se les asignen en su actividades diarias, de la mano amiga al frente de esta Institución, como personal Directivo con una amplia trayectoria en la Docencia, como lo es el Licdo: Freddy Molina, todos unidos haciendo un gran equipo de trabajo.
Consejo Educativo Unidad
Educativa La Vega de la Parroquia
Siguiendo Lineamientos de la Ministra del Poder popular Para la Educación, Maryann Hanson La Unidad Educativa la Vega de la Parroquia, Ubicada en Carretera Vieja Vía Ejido Parroquia Juan Rodríguez Suarez, Municipio Libertador.
Procediendo así a la Conformación de seis (06), Comités Educativos como lo determina la ley.
Comités de la Unidad
Educativa La Vega de la Parroquia:
1) Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables
2) Comité Académico:
3) comité de Infraestructura y Hábitat Escolar
4) Consejo Estudiantil
5) Comité integral (Comunicación e Información, Seguridad y Defensa Integral, Ambiente, Alimentación, Salud Integral, Deporte y Educación Física, Cultura)
6) Comité Contraloría Social.
2) Comité Académico:
3) comité de Infraestructura y Hábitat Escolar
4) Consejo Estudiantil
5) Comité integral (Comunicación e Información, Seguridad y Defensa Integral, Ambiente, Alimentación, Salud Integral, Deporte y Educación Física, Cultura)
6) Comité Contraloría Social.
Consejo Educativo
Unidad Educativa el Rodeo:
Siguiendo Lineamientos de la Ministra del Poder popular Para la Educación, Maryann Hanson La Unidad Educativa el Rodeo, Ubicada en la Loma de los Ángeles, Parroquia Osuna Rodríguez, Municipio Libertador del estado Mérida.
Procediendo así a la Conformación de Seis (06), Comités Educativos como lo determina la ley.
Comités de la Unidad Educativa el Rodeo:
1)Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables 2)Comité Académico 3)Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar 4)Consejo Estudiantil 5)Comité Integral 6)Comité de Contraloría Social.
Educativa Las Quebraditas:
Siguiendo Lineamientos de la Ministra del Poder popular Para la Educación, Maryann Hanson La Unidad Educativa las Quebraditas, Ubicada en Avenida los Próceres Sector el Caucho, Parroquia Mariano Picón Salas Municipio Libertador, del Estado Mérida. Procediendo así a la Conformación de Nueve (09), Comités Educativos como lo determina la ley. | |
Comités de la Unidad Educativa Las Quebraditas: 1) Comité de Madres Padres Representantes 2) Comité Académico 3) Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar 4) Concejo Estudiantil 5) Comité de Cultura 6) Comité de Seguridad y Defensa Integral 7) Comité de Ambiente y Alimentación y Salud Integral 8) Comité de Deporte y Educación Física 9)Comité de Contraloría Social.
Consejo Educativo Unidad
Educativa Loma de la Virgen Alta:
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Siguiendo Lineamientos de la Ministra del Poder popular Para la Educación, Maryann Hanson Unidad Educativa Loma de la Virgen Alta, Ubicada en Avenida los Próceres, Sector Pie del Tiro, Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Libertador del Estado Mérida.
Procediendo así a la Conformación de Cinco (05), Comités Educativos como lo determina la ley.
Procediendo así a la Conformación de Cinco (05), Comités Educativos como lo determina la ley.
Comités de la Unidad
Educativa Loma de la Virgen Alta:
1) Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables
2) Comité Académico
3) Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar
4) Consejo Estudiantil
5) Comité de Contraloría Social.
Siguiendo Lineamientos de la Ministra del Poder popular Para la Educación, Maryann Hanson Unidad Educativa Loma de la Virgen Alta, Ubicada en Avenida los Próceres, Sector Pie del Tiro, Parroquia Mariano Picón Salas, Municipio Libertador del Estado Mérida.
Procediendo así a la Conformación de Diez (10), Comités Educativos como lo determina la ley.
Procediendo así a la Conformación de Diez (10), Comités Educativos como lo determina la ley.
Comités Educativo Unidad
Educativa loma de la Virgen Baja:
1) Comité de madres, Padres, Representantes y Responsables:
2) Comité Académico
3) Comité de Comunicación e Información
4) Comité de Seguridad y Defensa Integral
5) Comité de Ambiente, Alimentación Salud Integral
6) Comité de Deportes y Educación Física
7) Comité de Cultura
8) Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar
9) Consejo estudiantil
10) Comité de Contraloría Social
1) Comité de madres, Padres, Representantes y Responsables:
2) Comité Académico
3) Comité de Comunicación e Información
4) Comité de Seguridad y Defensa Integral
5) Comité de Ambiente, Alimentación Salud Integral
6) Comité de Deportes y Educación Física
7) Comité de Cultura
8) Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar
9) Consejo estudiantil
10) Comité de Contraloría Social
la Semana AniversarioVIII, del Ner 023,se llevara a cabo del lunes 17 de Junio al día Viernes 21 de Junio, realizándose diferentes Actividades desde Campeonato de : Ajedrez, Futbol, Atletismo,todas estas con la participación de los Estudiantes/as de las diferentes Escuelas acompañados por los docentes. Extensiva la Invitación a todas y todos. Asiste y Participa
Mérida, Junio 2013
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